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¿Qué es el arraigo familiar por tener un hijo español?
Antes de entrar de lleno a conocer los requisitos para solicitar la residencia por hijo español, es preciso entender bien qué implica el arraigo familiar.
El arraigo familiar se refiere a un tipo de permiso de residencia y trabajo temporal que se otorga a ciudadanos extranjeros que se encuentran en determinadas situaciones personales o familiares. En este caso concreto, que son progenitores de niños menores de edad que ostentan la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea.
Tiene una vigencia de cinco años y después se puede renovar para continuar residiendo y trabajando de forma legal en España.
Su fundamento es proteger el interés superior del menor, ya que este tiene derecho a estar en compañía de sus progenitores, y no sería lógico en estos casos separar a la familia.
¿Cuáles son los requisitos?
Para obtener el arraigo familiar por un hijo nacido en España se exige:
- No ser ciudadano de un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni familiar de un ciudadano de estos países. Porque en estos casos no hace falta tramitar un permiso de residencia para permanecer en España de manera legal.
- No tener antecedentes penales en España.
- No tener antecedentes penales en los países en los que se haya residido en los últimos cinco años, por hechos que estén tipificados como delito también en la legislación española.
- No tener prohibida la entrada a España como consecuencia de una orden de expulsión y no figurar como rechazable en el territorio de países con los que España haya firmado un acuerdo en esta materia.
- No estar dentro del plazo de compromiso de no retorno a España si se trata de un extranjero que asumió volver voluntariamente a su país de origen.
Además de cumplir estos requisitos, el solicitante debe encontrarse en alguna de estas situaciones:
- Ser padre, madre o tutor de un menor de nacionalidad española. Siempre que se tenga a cargo al menor y se conviva con él o, en su defecto, se esté al corriente de las obligaciones paternofiliales que existen con respecto al mismo.
- Ser padre, madre o tutor de un menor de edad comunitario, exista o no convivencia, si no se disopone de medios económicos para tramitar una tarjeta comunitaria.
¿Cómo solicitar el permiso de residencia por tener un hijo español menor de edad?
Lo primero es preparar toda la documentación:
- Impreso de solicitud de arraigo familiar por hijo español (EX-10), que debe presentarse por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado.
- Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción, a los que les quede un tiempo mínimo de vigencia de cuatro meses.
- Certificado de antecedentes penales emitido por el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia.
- Certificado de antecedentes penales emitido por las autoridades competentes de los países en los que se haya residido en los cinco años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud de arraigo.
- Documentación que acredite la nacionalidad del menor.
- Documentación que acredite la existencia del vínculo familiar entre el solicitante y el menor: certificado de nacimiento del niño y, si no hay convivencia, también documentación que acredite que se está al día en el cumplimiento de las obligaciones paternofiliales.
- Justificante de pago de la tasa 790/052.
En el caso de que sea necesario presentar documentos expedidos por autoridades extranjeras, estos deben estar debidamente legalizados o apostillados para surtir efectos en España. Además, si el idioma en el que se han emitido no es el castellano, hay que presentar el documento original junto a una traducción jurada del mismo.
Una vez lista la documentación, la presentación de la solicitud y de la documentación que la debe acompañar se hace en la Oficina de Extranjería que corresponde al domicilio del interesado. Para lo que será necesario pedir cita.
Si se tiene certificado digital, se puede hacer la presentación a través de vía telemática, pero una persona que no tiene permiso de residencia y no cuenta con un NIE no puede obtener un certificado digital. Por eso, en muchos casos lo más sencillo es buscar ayuda y que sea un abogado especializado en Derecho de extranjería el que se encargue de hacer estos trámites.
Presentada la solicitud de forma presencial o telemática, es importante conservar el resguardo para hacer futuras consultas sobre el avance de la tramitación.
La Oficina de Extranjería tiene un plazo de tres meses a contar desde la presentación de la solicitud para dar una respuesta. Si en ese tiempo no se ha manifestado, el interesado puede entender denegada su petición por silencio administrativo negativo.
Concesión del arraigo familiar
Si se otorga el arraigo, se puede residir y trabajar legalmente en España durante el tiempo de vigencia de la autorización. Una vez notificada la resolución, el interesado tiene un mes para solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
Denegación del arraigo familiar
Si la resolución expresa o presunta es negativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes. Pero también se puede recurrir a la vía judicial mediante la interposición de una demanda contencioso-administrativa en el plazo de dos meses.
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