Mujer sosteniendo una tarjeta con el Número de Identidad de Extranjero (NIE), documento esencial para extranjeros en España.

Número de Identidad de Extranjero (NIE)

El NIE es un número esencial para extranjeros en España, asignado por autoridades de inmigración. Es necesario para trabajar, estudiar, abrir un negocio o residir legalmente, siendo uno de los primeros pasos para integrarse en la sociedad española.

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¿Qué es el Número de Identidad de Extranjero (NIE)?

El Número de Identidad de Extranjero (NIE) es un código identificativo que se otorga a los extranjeros en sus relaciones con la Administración española. Su obtención resulta indispensable para realizar cualquier clase de gestión burocrática, económica o legal en nuestro país (abrir cuentas bancarias, comprar coches, firmar contratos laborales, etc.). 

Al igual que sucede con el DNI de los ciudadanos españoles, el NIE es un número único e individual que solo puede ser utilizado por su titular y debe constar en todos los documentos y diligencias relacionadas con su persona.

A nivel estructural, este código secuencial comienza con una letra —X (hasta 15/7/2008), Y o Z— seguida de 7 números y un carácter de control alfabético (por ejemplo, Y1234567P). Esto es así a partir de la Orden INT/2058/2008. No obstante, el formato antiguo de 8 dígitos establecido por la Orden de 7 de febrero de 1997 sigue siendo válido.

Diferencia entre el NIE y el TIE

Conviene aclarar que el Número de Identidad de Extranjero (NIE) no es lo mismo que la Tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE)aun cuando ambos se expiden con fines de identificativos y tienen por titulares a ciudadanos foráneos, presentan notables diferencias:

CaracterísticaNIETIE
TipoNúmeroTarjeta física
FinalidadIdentificación fiscalIdentificación y acreditación de residencia legal.
Acredita la residencia legal en EspañaNo
Otorgamiento Por tener interés económico, social o profesional en España.Visado de estudiante, residencia no lucrativa, reagrupación familiar, permiso de trabajo…
Formulario de solicitudEX–15EX-17
EfectoRealizar trámites en España Residir legalmente en España por más de 6 meses.
Caducidad/ RetiradaNo Sí, cuando lo haga el permiso de residencia.
Obligatorio llevarlo en EspañaNo

No todos los extranjeros que tienen el NIE cuentan con un TIE, pero no sucede a la inversa. De hecho, esta tarjeta identificativa incluye en todo caso el Número de Identidad de Extranjero. 

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Normativa regulatoria del NIE

  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Esta Ley determina el marco normativo general para regular la entrada, residencia, trabajo y adaptación de los ciudadanos foráneos en nuestro país. Lo dispuesto en su artículo 34.2 sirve de base para la ulterior regulación del NIE.
  • Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembrepor el que se aprueba el Reglamento de la LO 4/2000. Esta norma regula expresamente el NIE en su artículo 101.
  • Real Decreto 557/2011, de 20 de abrilpor el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000. Esta norma desarrolla las disposiciones de la LO 4/2000. En lo que respecta al NIE, ofrece detalles sobre su solicitud, expedición y validez en su artículo 206.
  • La ORDEN INT/2058/2008, de 14 de julioEn ella, se modifica la Orden del Ministro del Interior de 7 de febrero de 1997, que regula la TIE en lo concerniente al Número de Identidad de Extranjero. Esta norma complementaria, según mencionamos anteriormente, modifica el formato del NIE.

¿Quién necesita el NIE?

Según los artículos 206.1 del RD 557/2011 y 101 del RD 2393/2004, deben tenerlo los extranjeros que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  • Tienen relaciones con España en virtud de sus intereses laborales, económicos o sociales. Esto abarca a todos aquellos que pretendan realizar trámites en nuestro país (pago de impuestos, compraventa, inversiones, etc.).
  • Han obtenido un permiso de residencia en España. Se trata de quienes cuentan con una autorización que les permite permanecer en nuestro país por más de 6 meses. Estar en posesión de esta identificación implica los mencionados intereses profesionales, económicos o sociales.
  • Les ha sido abierto un expediente administrativo conforme a lo previsto en la normativa española en materia de extranjería. Un ejemplo de ello serían los expedientes incoados con motivo de la expulsión del territorio nacional, acción regulada en el artículo 57 de la LO 4/2000.

Requisitos para obtener el número de Identidad de Extranjero 

  • Que su situación en España no sea irregular. La residencia en nuestro país no es necesaria para obtener el NIE, pero, de concurrir, debe estar regularizada.
  • Comunicar la causa por la que se pide la expedición del NIE. Requiere no solo declarar el motivo específico, sino también demostrar válidamente su existencia.
  • Presentar la documentación en los términos que vamos a especificar.

Documentos necesarios para tramitar el NIE

  • Formulario de solicitud. El modelo oficial para obtener el Número de Identidad de Extranjero es el EX–15. Una vez rellenado y firmado, será necesario presentar el original y la copia del mismo.
  • Pago del impuesto. La expedición del NIE lleva aparejado el abono de la tasa 790 código 012, habiendo rellenado previamente el impreso. Su coste es de 9,84 € y puede pagarse en cualquier banco, caja de ahorro o cooperativa, aun sin ser cliente de tales entidades.
  • Especificación detallada y por escrito de las causas que motivan la solicitud del NIE (por ejemplo, contratar un seguro). Esta justificación debe ser emitida por un tercero (por ejemplo, un agente de seguros) para corroborar su validez.
  • Fotocopia del pasaporte, cédula de inscripción o título de viaje. En el caso de los ciudadanos de Estados miembros de la Unión Europea es suficiente con presentar su documento identificativo.
  • Si es solicitado por un representante, este deberá presentar poder bastante y copia de su documento de identidad o pasaporte.
  • En el caso de que el solicitante sea menor de edad o incapaz, deberá presentar una copia del certificado de nacimiento o del Libro de Familia. Además, dichos documentos se acompañarán de la fotocopia de los documentos identificativos o pasaportes de sus padres o tutores.

Requisitos de admisión de los documentos presentados para el NIE

Recordemos que, para ser admitidos por las autoridades españolas, será necesario:

  • Presentar los originales para su cotejo con las copias.
  • Traducción al castellano o a la lengua cooficial del territorio en el que se presente la solicitud.
  • En cuanto a la traducción, legalización y apostilla de los documentos públicos, deberán cumplirse las previsiones del convenio de La Haya del 5 de octubre de 1961.

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¿Es necesario un seguro médico para su tramitación?

La tramitación del número de Identidad de Extranjero no requiere necesariamente contratar un seguro médico. Es más, esto no será necesario cuando el solicitante del NIE no pretenda obtener un permiso de residencia en España.

En el caso de que el solicitante del NIE desee tramitar, además, el TIE, sí necesitará contar con un seguro médico. Tal es el caso de los visados de estudiante o la reagrupación familiar, entre otros supuestos. Dicha póliza obligatoria deberá reunir ciertas características:

  • Vigencia anual
  • Cobertura de asistencia sanitaria total
  • Sin copagos
  • Sin carencias
  • Sin límite de gasto médico
  • Con repatriación

¿Cómo solicitar el Número de Identidad de Extranjero?

La solicitud del número de Identidad de Extranjero debe hacerse a instancia del interesado. Este podrá actuar personalmente o por medio de su representante.

Cuando el solicitante sea menor de edad o incapaz, se requerirá la presencia de sus padres o tutores junto al propio interesado.

¿Dónde se presenta la solicitud?

  • Si se hace en España. Se presentará a la Dirección General de Policía y de la Guardia Civil. Este trámite puede realizarse de forma directa o por medio de la comisaría de policía u Oficina de Extranjería de la provincia donde resida el solicitante.
  • Si se hace en el extranjero. Se presentará en la embajada o consulado español donde resida el solicitante. La solicitud deberá dirigirse a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras.

Resolución de la solicitud

Las autoridades disponen de 5 días para resolver la solicitud del interesado. Dicho plazo comienza a computarse desde que se registró su presentación ante el órgano competente. En estos casos, el silencio administrativo tiene efectos denegatorios.

La resolución de la autoridad competente pone fin a la vía administrativa según el artículo 114 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra ella caben recursos de reposición y contencioso-administrativo, siendo sus respectivos plazos de interposición de 1 y 2 meses (artículo 23.1 de la LPAC).

¿Cómo renovar el Número de Identidad de Extranjero?

Primero aclarar que la mayoría de las veces que se utiliza el término «renovar el NIE» en realidad nos referimos a la renovación de tarjeta de identidad de extranjeros.

Y es que en realidad, no procede hablar de renovación del NIE. Del mismo modo que sucede con el DNI de los ciudadanos españoles, el Número de Identidad de Extranjero no caduca (a diferencia del TIE), así que no cabe renovarlo. Una vez que se le asigna al solicitante, se mantiene inalterado a perpetuidad.

¿Qué hacer en caso de extravío?

Con el extravío sucede lo mismo que con la renovación: son trámites que se dan en el TIE, pero no en el NIE. Recordemos que el Número de Identidad de Extranjero es un mero código, razón por la que no puede perderse. Por el contrario, las tarjetas identificativas de los ciudadanos extranjeros, al ser documentos tangibles (como el DNI), sí son susceptibles de pérdida. 

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