Pareja sosteniendo una bandera de España en un parque, representando el proceso para obtener la nacionalidad española por matrimonio.

Nacionalidad española por matrimonio

Es común escuchar que contraer matrimonio con un ciudadano español es una puerta directa hacia la nacionalidad española. Sin embargo, es fundamental entender la realidad detrás de esta afirmación y las implicancias legales relacionadas.

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¿Si me caso con un español me dan la nacionalidad?

Aunque puede ser una creencia popular y podamos pensar que muchas parejas mixtas se casan para obtener la nacionalidad española, lo cierto es que casarse con un ciudadano español no otorga automáticamente la nacionalidad española.

Si bien es cierto que el matrimonio da acceso a un permiso de residencia, esto no debe confundirse con la nacionalidad. La legislación española establece que el cónyuge extranjero deberá solicitar la nacionalidad a través de un proceso formal.

No obstante, la formalización de esta unión civil facilitará el proceso, al ofrecer ciertas ventajas. La ventaja principal es la significativa reducción del tiempo de residencia legal requerido para poder solicitar la nacionalidad.

A continuación, vamos a analizar las ventajas que presenta el matrimonio para el cónyuge extranjero.

Reducción del tiempo de residencia requerido

Es el artículo 22.1 de la Constitución Española el que establece este plazo reducido de un año para aquellos que estén casados con un español o española y no estén separados legalmente o de hecho.

Es una reducción significativa, ya que el plazo de residencia general para solicitar la nacionalidad es de 10 años, 2 años para extranjeros procedentes de países iberoamericanos y 5 para refugiados.

Este año de residencia continuada habrá de ser inmediatamente anterior a la solicitud y, además, el matrimonio deberá seguir vigente.

Facilidades en el proceso migratorio

El matrimonio con un ciudadano español permite acceder a un permiso de residencia por familiar comunitario. Este permiso facilita el proceso de legalización en España y otorga derechos similares a los de un ciudadano español.

Es una ventaja importante que, aunque no es equiparable a la obtención de la nacionalidad, sí permite acceder a la residencia legal en España, que será el requisito fundamental que dará al cónyuge extranjero la nacionalidad.

Acceso a beneficios sociales

Tras el permiso de residencia, el cónyuge extranjero puede acceder a beneficios sociales en España, tales como atención sanitaria, educación y otros servicios públicos.

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Requisitos para obtener la nacionalidad española por matrimonio

Como en cualquier trámite administrativo, para solicitar la nacionalidad española por matrimonio tendremos que cumplir una serie de requisitos.

El cumplimiento de tales requisitos no garantiza la obtención de la nacionalidad, ya que, para ello, tendremos que seguir un procedimiento específico. Sin embargo, cumplir con estos requisitos sí es una base sólida para poder iniciar el trámite de solicitud.

La exigencia de requisitos en el trámite administrativo asegura que el proceso se lleve a cabo de manera legítima, transparente y conforme a derecho.

Los requisitos para obtener la nacionalidad española por matrimonio son los siguientes:

  • Residencia legal y continuada
  • Vigencia del matrimonio
  • Empadronamiento conjunto
  • Medios económicos suficientes
  • Carencia de antecedentes penales
  • Integración cultural

Residencia legal y continuada

La residencia es un requisito imprescindible para obtener la nacionalidad. Se exige que sea legal y continuada, además de inmediatamente anterior a la solicitud, y debe haber durado un año.

Vigencia del matrimonio

El matrimonio debe continuar vigente en el momento de realizar la solicitud y tener una duración mínima de un año.  Además, se exige que el matrimonio esté registrado en España y que no existan impedimentos legales.

La solicitud puede realizarse incluso si el matrimonio fue celebrado en el extranjero. Pero deberá constar inscrito en el Registro Civil español, cumplir con las exigencias de capacidad recogidas en el ordenamiento español y celebrarse de acuerdo con las leyes del lugar de celebración.

Es importante tener en cuenta que se exige una unión matrimonial, por lo que, en ningún caso, podrían optar a la nacionalidad por esta vía las parejas de hecho o cualquier otro tipo de unión.

Empadronamiento conjunto

Para evitar los matrimonios de conveniencia, una de las medidas que se han adoptado es la exigencia del empadronamiento conjunto de los cónyuges. Esto significa que el matrimonio deberá estar inscrito en el padrón y residir en la misma vivienda. Esta circunstancia deberá ser acreditada a través de la presentación de un certificado de empadronamiento conjunto.

Medios económicos suficientes

Para acceder a la nacionalidad española, el cónyuge extranjero deberá probar que cuenta con ingresos suficientes para su manutención en España.

Tales ingresos pueden provenir de un trabajo por cuenta ajena o propia, o de rendimientos de capital, el único requisito es tenerlos y poder demostrarlos. Puede utilizarse como medio de prueba la declaración de IRPF, un contrato de trabajo o cualquier otro documento que acredite la existencia de ingresos.

Los ingresos deben alcanzar un 150 % del IPREM.

Antecedentes penales

La ausencia de antecedentes penales, tanto en España como en sus anteriores países de residencia, será imprescindible para poder acceder a la nacionalidad española.

Este extremo se prueba a través de la presentación de un certificado de antecedentes penales del país de origen, o de cualquier otro en el que hubiese residido en los 5 años anteriores a la solicitud. También, a través de un certificado de antecedentes penales negativos, emitido por el Ministerio de Justicia español.

Integración cultural

Al acceder a la nacionalidad a través del matrimonio con un ciudadano español, se supone que el extranjero estará correctamente integrado en la cultura española, no obstante, será necesario probarlo igualmente.

Para ello, es obligatorio superar un examen de conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE), el cual es celebrado por el Instituto Cervantes.

Cuando el cónyuge extranjero no es originario de un país hispanohablante, deberá someterse también a una prueba del idioma español.

Proceso de solicitud y documentos necesarios

Para obtener la nacionalidad española por matrimonio no bastará con cumplir los requisitos, ya que es necesario completar un proceso de solicitud. Aunque este proceso está claramente estructurado y no presenta dificultad, es importante seguir los pasos adecuadamente. Por ello, es aconsejable contar con un experto en la materia que nos guíe, evitando retrasos por falta de documentación o presentación inadecuada.

Los pasos a seguir para el proceso de solicitud serán los siguientes:

Preparación de documentos

En primer lugar, es aconsejable preparar los documentos necesarios, comprobar su vigencia y realizar las copias necesarias. Estos documentos son los siguientes:

  • Certificado literal de matrimonio, expedido por el Registro Civil español. Debe ser una copia literal y actualizada.
  • Certificado de empadronamiento conjunto que demuestre la residencia continuada y la convivencia de la pareja. Suele exigirse que sea reciente, por lo que no debe tener una antigüedad mayor a 3 meses.
  • Certificados de antecedentes penales del país de origen y de España.
  • Pasaporte y tarjeta de residencia en vigor.
  • Certificado de nacimiento del solicitante debidamente legalizado y traducido, si es necesario. Si el certificado se ha emitido en el extranjero, debe estar debidamente apostillado o legalizado, también, traducido oficialmente al español si está redactado en idioma distinto al español.
  • Certificado de superación del examen CCSE y de las pruebas de idiomas, de ser aplicable.
  • Justificante del pago de las correspondientes tasas.

Solicitud oficial

Para que el trámite de solicitud dé inicio, es necesario presentar ante el Registro Civil de nuestro lugar de residencia un formulario oficial de solicitud. Dicho formulario será facilitado en el propio registro y debe ser debidamente cubierto con los datos personales del solicitante. Es importante que el solicitante lo firme.

Junto con el impreso de solicitud se presentarán los documentos detallados en el apartado anterior.

Este trámite puede hacerse de forma presencial o telemática, a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.

Entrevista personal

Tras la presentación de la solicitud, es habitual que se cite al solicitante para una entrevista personal. En ella, se trata de evaluar la veracidad de la relación matrimonial, por lo que se podrán hacer preguntas sobre la vida en pareja. También, sobre la integración en la sociedad española y otros aspectos relacionados.

Tramitación y resolución

Una vez que hemos presentado la solicitud, el órgano correspondiente evalúa la documentación y emite una resolución. Este proceso suele prolongarse más de un año en el tiempo.

Este plazo dependerá en gran medida de la carga de trabajo del órgano concreto que resuelve. Por ello, es importante preparar la solicitud adecuadamente y asegurarnos de tener todos los documentos vigentes.

La ausencia de alguno de los documentos requeridos puede retrasar significativamente el proceso, ya que dará lugar a un requerimiento al solicitante por parte de la administración. 

Matrimonios y doble nacionalidad

El acceso a la nacionalidad española exige, por norma general, que el solicitante jure o prometa lealtad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes españolas, renunciando a su nacionalidad anterior.

Esto puede suponer un problema para aquellos extranjeros que no quieren desligarse de su país de origen. Por ello, ha de tenerse en cuenta que España permite la doble nacionalidad con ciertos países.

Esto significa que el solicitante no tiene que renunciar a su nacionalidad de origen al adquirir la nacionalidad española, sin necesidad de realizar trámites adicionales. Pero, para ello, deberá existir un convenio bilateral entre España y el país de origen del solicitante, sobre doble nacionalidad.

La posibilidad de mantener la doble nacionalidad es un aspecto relevante para muchos extranjeros que buscan adquirir la nacionalidad española tras casarse con un español.

Países con los que existe convenio de doble nacionalidad

A continuación, enumeramos los países con los que España tiene firmado un convenio de doble nacionalidad:

🇦🇩 Andorra 
🇦🇷 Argentina 
🇧🇴 Bolivia 
🇨🇱 Chile 
🇨🇴 Colombia 
🇨🇷 Costa Rica 
🇨🇺 Cuba 
🇪🇨 Ecuador 
🇸🇻 El Salvador 
🇬🇹 Guatemala 
🇭🇳 Honduras 
🇲🇽 México 
🇳🇮 Nicaragua 
🇵🇦 Panamá 
🇵🇾 Paraguay 
🇵🇪 Perú 
🇵🇹 Portugal 
🇩🇴 República Dominicana 
🇺🇾 Uruguay 
🇻🇪 Venezuela
🇫🇷 Francia 

Tales convenios se regulan por tratados internacionales, los cuales permiten a los ciudadanos de estos países conservar su nacionalidad original al naturalizarse como españoles. Pero este tipo de convenios son recíprocos, por lo que si un español se nacionaliza en uno de esos países, tampoco estará obligado a perder la nacionalidad española.

Esto significa que, aunque en la jura de nacionalidad española se pida la renuncia a la nacionalidad de origen, en la práctica no sucederá dicha pérdida. Es decir, en el caso de que exista un convenio de doble nacionalidad, se trataría de un acto simbólico que no tendría efectos prácticos. Así, los nacionales de estos países podrán tener ambas nacionalidades y usar ambos pasaportes.

En estos casos, el solicitante debe presentar pruebas de su nacionalidad original y confirmar su intención de conservarla al adquirir la nacionalidad española. Esto se realiza mediante una declaración formal ante el Registro Civil.

Puerto Rico sí está considerado país iberoamericano, mientras que Surinam, Belice, Haití, Jamaica, Trinidad y Tobago y Guyana no están considerados países iberoamericanos.

Países con los que no existe convenio de doble nacionalidad

Para el resto de países no recogidos en el apartado anterior, la pérdida de nacionalidad dependerá de las leyes específicas del país de origen del solicitante.

En la práctica, algunos países no reconocen la renuncia a su nacionalidad, por lo que el solicitante podrá mantener ambas nacionalidades de hecho. Por ello, es importante informarse de la normativa vigente en nuestro país de origen antes de iniciar el proceso.

Esto significa que algunos países no permiten la doble nacionalidad, mientras que otros sí, a pesar de no tener un acuerdo de doble nacionalidad con España. Esto, por ejemplo, sucede respecto a Reino Unido.

No obstante, es importante matizar que, a pesar de que las autoridades de Reino Unido no exigirán la entrega de tu pasaporte, después de haber solicitado la nacionalidad española, no podrás usarlo en España.

Por ello, debemos ser prudentes al viajar con dos pasaportes. Esto podría comprometer nuestro estatus como ciudadano español, pudiendo incluso llegar a perder la nacionalidad.

De ahí, la importancia de conocer la legislación específica de nuestro país de origen, dado que cada país actuará de una manera. 

Si me he divorciado, ¿puedo perder la nacionalidad española?

Si bien el divorcio no implica la pérdida automática de la nacionalidad española adquirida por matrimonio, sí podría llegar a ser revocada. Vamos a analizar las distintas opciones.

Nacionalidad ya adquirida

Una vez adquirida la nacionalidad española, habiendo cumplido todos los requisitos, el posterior divorcio no afectaría a la condición de nacional español. La nacionalidad se mantendría con independencia del estado civil del individuo.

Solicitud en trámite

Distinta es la situación en la que la solicitud ha sido presentada, pero no ha sido resuelta. En tales casos, de producirse un divorcio, la situación puede complicarse, ya que las autoridades podrían interpretar el divorcio como una señal de matrimonio de conveniencia.

En tales casos, será importante contar con pruebas y argumentos sólidos que demuestren que el matrimonio fue genuino y no un trámite para acceder a la nacionalidad.

Obligación de notificar

Cualquier cambio en el estado civil debe ser notificado a las autoridades pertinentes. La ocultación o no información de un divorcio puede conllevar consecuencias negativas.

Revocación de la nacionalidad

La revocación de la nacionalidad es una consecuencia muy poco habitual, que sucede en casos extremos y muy específicos. En cualquier caso, siempre tiene lugar porque se comprueba que el matrimonio fue una simulación o fraude para la obtención de la nacionalidad.

El proceso de revocación se iniciará siempre de oficio por la autoridad competente. Se trataría de una anulación de la concesión por vicios en el proceso.

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