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¿Puede trabajar legalmente un solicitante de asilo?
Cuando un extranjero solicita asilo en España, adquiere un estatus especial que le permite residir provisionalmente en el país mientras se tramita su solicitud. Este estatus no solo le otorga protección contra la deportación, sino que también le brinda ciertos derechos laborales.
Según el artículo 15.2 del Reglamento sobre el derecho de asilo (Real Decreto 203/1995), un solicitante de asilo, entre otros derechos, puede trabajar en España una vez que su solicitud ha sido admitida a trámite.
Supuestos para permanecer en España tras la denegación de asilo
Muchas personas creen que una vez denegado el asilo, las puertas al mercado laboral se cierran por completo, pero hay opciones, te contamos cuáles son los principales mitos sobre esta realidad:
- La denegación del asilo no implica la imposibilidad de trabajar legalmente: el sistema legal español provee mecanismos que permiten a las personas con asilo denegado solicitar permisos de trabajo. La clave está en conocer los procedimientos adecuados y seguir los pasos legales pertinentes para acceder a estas oportunidades.
- No existen vías legales tras la denegación del asilo: el sistema jurídico ofrece varias opciones para quienes enfrentan esta situación. Entre ellas, el Certificado de Acto Presunto y el proceso de Contencioso Administrativo son vías legales diseñadas para proteger los derechos de los solicitantes, incluido el derecho al trabajo, mientras se resuelven sus apelaciones.
- El proceso es sencillo y rápido: trabajar con asilo denegado requiere paciencia, diligencia y, a menudo, la asistencia de un abogado especializado. Los procedimientos pueden ser largos y técnicos, lo que subraya la importancia de tener claras las expectativas y prepararse para un proceso que puede requerir tiempo y recursos.
¿Cómo recurrir la denegación de asilo?
Ante la denegación del asilo se presentan dos vías: solicitar el Certificado de Acto Presunto o la vía contencioso administrativa.
- Certificado de acto presunto: el Certificado de Acto Presunto es una última opción para aquellas personas a las que se les ha denegado el asilo. Basado en el artículo 117.3 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, este certificado permite a los solicitantes mantener sus derechos y obligaciones mientras esperan la resolución de un recurso de reposición.
- Contencioso administrativo: el Contencioso Administrativo establece una vía más compleja, pero no por ello menos válida. Aunque este proceso implica un mayor número de pasos y una interacción más directa con el sistema judicial, sigue siendo una vía legítima para aquellos que buscan reivindicar su derecho al trabajo tras una denegación de asilo. La clave aquí radica en la solicitud de que un juzgado se pronuncie sobre el acceso al mercado laboral.
¿Es posible combinar ambos enfoques?
Una pregunta común entre los solicitantes es si es factible seguir ambos caminos simultáneamente: el Certificado de Acto Presunto y el Contencioso Administrativo. La respuesta es un rotundo sí.
Esta estrategia no solo es posible sino que también puede ampliar las posibilidades de éxito, al proporcionar un doble frente legal para asegurar el acceso al trabajo. Aquí, la perseverancia es clave, y combinar estos enfoques puede ser decisivo.
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La opción de arraigo laboral
La autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo laboral es una vía que pueden explorar los extranjeros que han estado trabajando en situación legal por un periodo mínimo de seis meses en los dos años anteriores a la solicitud.
Sin embargo, es importante destacar que el tiempo trabajado mientras se espera la resolución del asilo no se considera como tiempo cotizado en situación de residencia o estancia legal. Esto se debe a la sentencia del Tribunal Supremo número 103/2024, que modificó el criterio previo.
Alternativas para continuar trabajando en España
Descartada la opción de obtener residencia por arraigo laboral solo por el tiempo trabajado mientras esperaba asilo, el extranjero con asilo denegado puede quedarse en España si cumple los requisitos para otra autorización de residencia temporal o estancia.
- Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena: si un empleador está dispuesto a contratar al solicitante y puede demostrar que la situación nacional de empleo lo permite, se puede solicitar esta autorización. Es necesario presentar un contrato de trabajo firmado que garantice una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización.
- Autorización de residencia por vínculo familiar: el solicitante puede permanecer en España si obtiene una autorización de residencia como familiar de un residente legal. Sin embargo, esta autorización no permite trabajar hasta que se obtenga una autorización de residencia y trabajo.
- Autorización de residencia y trabajo por cuenta propia: esta opción es viable si el solicitante cumple con los requisitos para ejercer una actividad profesional o empresarial en España.
- Riesgo real para la vida o integridad física: en caso de que exista un riesgo real para la vida o la integridad física del solicitante, el Ministerio del Interior puede autorizar la estancia, que puede transformarse en una autorización de trabajo mediante la solicitud de una autorización de residencia.
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