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¿Qué es la visa nómada digital España?
La visa nómada digital en España permite a trabajadores extranjeros no comunitarios residir legalmente en el país mientras prestan servicios de forma remota para empresas o clientes ubicados fuera del territorio español.
Esta visa fue regulada por la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, también conocida como la Ley de Startups, que introdujo un marco jurídico específico para atraer talento internacional vinculado a la economía digital y la innovación.
¿Quién puede solicitar la visa nómada digital en España?
Pueden optar por la visa nómada digital España:
- Teletrabajadores por cuenta ajena que trabajen para una empresa extranjera.
- Freelancers y autónomos que presten servicios a clientes ubicados fuera de España.
- Emprendedores digitales con proyectos escalables y base tecnológica.
Además, es indispensable:
- Ser ciudadano de un país no perteneciente al Espacio Económico Europeo (EEE).
- No encontrarse en situación irregular en España al momento de presentar la solicitud.
¿Cómo obtener una visa nómada digital?
Para acceder a la visa nómada digital España, deberás cumplir con una serie de requisitos exigidos por la Ley 28/2022 y el artículo 74 bis de la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores:
- No ser ciudadano de la UE o del EEE.
- El solicitante debe acreditar una relación laboral o profesional continua con una o varias empresas extranjeras desde al menos 3 meses antes de la solicitud.
- Trabajar de forma remota para una empresa extranjera o ser freelance con clientes fuera de España.
- Se exige titulación universitaria, formación profesional o una experiencia laboral mínima de 3 años en el sector de actividad.
- Acreditar ingresos mensuales mínimos equivalentes al 200 % del salario mínimo interprofesional (SMI). En 2025, esto supone al menos 2.520 € al mes.
- El solicitante debe contar con un seguro de salud privado válido en España.
- Presentar un certificado de antecedentes penales.
¿Cómo se solicita la visa nómada digital en España?
Existen dos vías para solicitar este visado:
Desde el extranjero (a través del consulado español)
- Reunir y legalizar la documentación.
- Solicitar la visa en el consulado español del país de residencia.
- Obtener un visado de 1 año de duración.
- Una vez en España, se puede solicitar la residencia de hasta 3 años.
Desde España (si ya estás legalmente en el país)
- Si estás en España con otro tipo de visado (por ejemplo, de turista), puedes solicitar directamente el permiso de residencia como nómada digital.
- El procedimiento se tramita telemáticamente a través de UGE (Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos).
- En este caso, la autorización inicial será por 3 años, prorrogables.
Documentación necesaria para ser nómada digital en España
A continuación, se detalla la documentación que deberás presentar al solicitar la visa nómada digital España, ya sea en un consulado español o desde dentro del país:
- Pasaporte en vigor
- Contrato de trabajo o carta de encargo
- Autorización del empleador para trabajar desde España
- Titulación académica o experiencia laboral
- Justificantes de ingresos
- Seguro médico
- Certificado de antecedentes penales
- Certificado de empadronamiento (si se solicita desde España)
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¿Voy a tener que pagar impuestos por trabajar en España?
Tendrás que pagar impuestos como residente fiscal si:
- Permaneces en España más de 183 días durante el año natural, o
- El núcleo principal o base de tus actividades o intereses económicos se encuentra en España.
En este caso, estarás obligado a declarar tus ingresos mundiales en España, incluyendo los obtenidos por tu actividad como nómada digital.
¿Puedo beneficiarme de un régimen fiscal especial?
Sí. Si solicitas la visa nómada digital España, puedes acogerte al régimen fiscal especial para trabajadores desplazados a territorio español, conocido como el régimen Beckham.
Este régimen está regulado en el artículo 93 de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Ventajas del régimen Beckham para nómadas digitales
- Tributas como no residente fiscal, aunque vivas en España.
- Solo se tributan las rentas generadas en España.
- Se aplica un tipo fijo del 24 % hasta los 600.000 € anuales.
- Es aplicable durante seis años: el del traslado y los cinco siguientes.
- Estás exento de declarar tus ingresos generados fuera de España (salvo que provengan de fuentes españolas).
Este régimen debe solicitarse expresamente ante la Agencia Tributaria dentro de los seis meses siguientes a la fecha de alta en la Seguridad Social en España.
¿Qué pasa si no me acojo al régimen especial?
Si no solicitas el régimen Beckham o no cumples sus requisitos, deberás tributar como residente fiscal ordinario. En ese caso:
- Declararás tus rentas globales en el IRPF español.
- Aplicarás un sistema progresivo de tipos de entre el 19 % y el 47 %.
- Podrás deducir gastos y aplicar exenciones si corresponden.
¿Qué beneficios ofrece la visa nómada digital?
- Residencia legal por 1 a 3 años: acceso al sistema de salud, alquiler de vivienda y otros servicios.
- Posibilidad de traer familiares: cónyuge, hijos menores o dependientes, y ascendientes a cargo.
- Tributación favorable: los nómadas digitales pueden acogerse al régimen fiscal especial del artículo 93 de la Ley del IRPF (Ley 35/2006):
- Tributarán como no residentes, con un tipo fijo del 24 % hasta 600.000 €.
- Solo por las rentas obtenidas en España.
- Es aplicable durante los primeros 6 años de residencia.
- Rapidez en la tramitación: la Unidad de Grandes Empresas debe resolver en 20 días hábiles. En caso de silencio administrativo, se entiende concedida.
¿Cuánto cuesta la visa nómada digital España?
- Tasa administrativa: entre 75 y 100 €, dependiendo de si se solicita en consulado o desde España.
- Traducción y legalización de documentos: varía según el país.
- Seguro de salud: desde 30 € al mes aproximadamente.
¿Cuál es la diferencia entre visado no lucrativo y visado nómada digital en España?
Característica | Visado no lucrativo | Visado nómada digital España |
---|---|---|
¿Permite trabajar? | ❌ No | ✅ Sí (solo para empresas/clientes extranjeros) |
Ingresos requeridos | 400 % del IPREM (~2.400 €/mes en 2025) | 200 % del SMI (~2.520 €/mes en 2025) |
Tipo de actividad | Ninguna (solo residencia) | Trabajo remoto digital |
Duración inicial | 1 año | 1 a 3 años |
Fiscalidad | Régimen general de residentes | Posibilidad de régimen fiscal especial (24 %) |
Preguntas frecuentes
No. Este visado es exclusivo para trabajar remotamente para empresas extranjeras. No puedes prestar servicios a clientes o empresas españolas.
Sí, si solicitas el permiso desde España. El certificado de empadronamiento es uno de los requisitos exigidos.
Puedes cambiar de empresa siempre que sigas cumpliendo las condiciones: actividad remota, empresa extranjera y autorización para teletrabajar desde España.
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